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jueves, 26 de noviembre de 2009

Extienden los derechos de los intérpretes

Tras la sención de Diputados, los artistas tendrán los derechos de sus obras durante 70 años. El plazo que regía era de 50 años.

La Cámara de Diputados convirtió hoy en ley el proyecto que extiende de 50 a 70 años el plazo de los derechos de propiedad intelectual sobre las producciones artísticas musicales.

La iniciativa de los senadores oficialistas José Pampuro, Miguel Pichetto, Liliana Fellner y del radical Ernesto Sanz, fue aprobada por la Cámara alta hace dos semanas y hoy recibió el visto bueno de la Cámara baja con una amplia mayoría.

El proyecto establece una modificación al Régimen Legal de la Propiedad Intelectual estableciendo que "sobre sus interpretaciones o ejecuciones fijadas en fonogramas corresponde a los artistas intérpretes –los derechos- por el plazo de setenta años contados a partir del 10 de enero del año siguiente al de su publicación.

"Asimismo, la propiedad intelectual sobre los fonogramas corresponde a los productores de los fonogramas o sus derechohabientes por el plazo de setenta años contados a partir del 10 de enero del año siguiente al de su publicación”, continúa el texto.

El proyecto agrega que "los fonogramas e interpretaciones que se encontraren en el dominio público sin que hubieran transcurrido los plazos de protección previstos en esta ley, volverán automáticamente al dominio privado por el plazo que reste, y los terceros deberán cesar cualquier forma de utilización que hubieran realizado durante el lapso en que estuvieron en el dominio público”.

En los fundamentos del proyecto, los autores explicaron que "la caída en el dominio público de los fonogramas está teniendo nociva repercusión en el efectivo ejercicio de los derechos de interpretes y productores”.

En este sentido, señalaron que "la producción cultural musical y nacional de las décadas del 40 y del 50 se encuentran seriamente amenazadas por los actuales términos de protección que es necesario extender”.

"La década del 40 en particular, fue un periodo de esplendor de nuestra música popular y de la producción de fonogramas correspondiente a artistas que le dieron brillo, entre otros, Aníbal Troilo, Osvaldo Pugliese, Atahualpa Yupanqui, Edmundo Rivero, Horacio Salgan, Osvaldo Fresedo, Alfredo De Angelis, Juan D¿Arienzo, Carlos Di Sarli o Astor Piazola, entre otros”.

Los senadores consideraron que "décadas posteriores fueron también de esplendor y vieron una fuerte producción musical en el folklore, el fenómeno de la llamada ‘Música Beat', y los primeros años del género conocido como ‘Rock Argentino'”.

Los legisladores advirtieron que "la producción musical y los derechos de los interpretes que grabaron en los años 50 y 60 se encuentra en inminente caída en el dominio público”.

En este segmento enumeraron "las primeras producciones fonográficas de Los Chalchaleros, Los Hermanos Avalos, las de Julio Sosa, Violeta Rivas, Palito Ortega, y, las primeras grabaciones de Roberto Sánchez ‘Sandro'”

"Un caso claro y paradigmático, es el primer álbum Fonográfico interpretado por Mercedes sosa, titulado ‘La voz de la zafra', publicado en 1961, y caerá en el dominio público en el inminente 2011, si la legislación no fuera modificada como se aquí se propone”, precisan.

Por esto, advirtieron que "al caer en nuestro país la interpretación y el fonograma en el dominio público, cualquier persona, ya no solo en nuestro país, sino también en todo el mundo, puede editarlas, reproducirlas y utilizarlas comercialmente en forma libre sin necesidad de autorización y, consecuentemente, sin pagar regalía alguna”.

Además, dicen que "se ha tomado en cuneta para la elaboración del proyecto, el aumento del promedio de vida humana y la consiguiente necesidad de que la protección abarque, cuanto menos, el ciclo de vida de dos generaciones”.

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